Resolución sobre el estado de paz y seguridad en el continente Africano


African Union

Resolución sobre el estado de paz y seguridad en el continente Africano

EL PARLAMENTO PANAFRICANO,CONSIDERANDO El Artículo 17 del Acta Constitutiva de la Unión Africana que establece el Parlamento Panafricano para asegurar "la plena participación de los pueblos africanos en el desarrollo y la integración económica del continente";CONSIDERANDO TAMBIÉN el Artículo 3 (a), (f) y (k) del Acta Constitutiva de la Unión Africana que destaca los objetivos de la Unión de lograr mayor unidad y solidaridad entre los países africanos y los pueblos de África, to promover la paz, seguridad y estabilidad en el continente y para promover la cooperación en todos los campos de la actividad humana para elevar los estándares de vida de los pueblos africanos;CONSIDERANDO ADEMÁS el Artículo 3 del Protocolo al Tratado de Establecimiento de la Comunidad Económica Africana Relativo al Parlamento Panafricano, que facilita la implementación efectiva de las políticas y objetivos de la Unión Africana; la promoción de los principios de derechos humanos y democracia en África; y promueve la paz, seguridad y estabilidad;RECORDANDO el Artículo 20 del Acta Constitutiva, también referido como Artículo 9 del Protocolo sobre enmiendas al Acta Constitutiva de 2003; y el Artículo 2 del Protocolo de 2002 relativo al establecimiento del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana como "el órgano permanente de toma de decisiones para la prevención, gestión y resolución de conflictos";RECORDANDO la Aspiración 4 de la Agenda 2063, que prevé una Arquitectura de Paz y Seguridad Africana (APSA) completamente funcional y operativa para la preservación de la paz, la seguridad y la estabilidad en África;OBSERVANDO que el artículo 18 del Protocolo relativo al establecimiento del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana prescribe una relación de trabajo con el Parlamento Panafricano para la consecución de la paz, la seguridad y la estabilidad en África y encomienda someter al Parlamento Panafricano informes que permitirán a este último cumplir con sus responsabilidades relativas al mantenimiento de la paz, la seguridad y la estabilidad en África;OBSERVANDO CON PREOCUPACIÓN que el terrorismo y la radicalización continúan siendo alimentados por la proliferación, circulación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, que amenazan la paz y la seguridad en el continente y socavan los esfuerzos para mejorar el nivel de vida de los pueblos africanos;RECONOCIENDO que el continente africano tiene una larga historia de conflictos armados, y el compromiso de los Estados miembros de la Unión Africana para silenciar las armas para el 2020;APRECIANDO los esfuerzos y las contribuciones del Consejo de Paz y Seguridad con el PAP para poner fin a los conflictos en el continente africano;CONVENCIDO de que los desafíos a la paz y seguridad solo pueden ser resueltos mediante esfuerzos colectivos de todos los órganos de la Unión Africana;DE ACUERDO A la Regla 5 (b), (c) y (d) del Reglamento Interno del Parlamento Panafricano que empodera al PAP a, entre otras cosas, organizar debate, discutir, expresar opinión, hacer recomendaciones y tomar resoluciones sobre los objetivos y cualquier asunto relativo a la Unión Africana y sus órganos, las Comunidades Económicas Regionales, Estados Miembros y sus órganos e instituciones;
POR LA PRESENTE, RESUELVE:
5.SOLICITAR al Buró del Parlamento Panafricano, a través del Presidente del PAP interactuar con el Consejo de Paz y Seguridad para fortalecer la colaboración y la cooperación en temas de paz y seguridad, incluyendo la realización de misiones conjuntas de estudio con la Comisión de Cooperación, Relaciones Internacionales y Resolución de Conflictos en áreas de conflicto;
6.SOLICITAR TAMBIÉN a la Comisión de Cooperación, Relaciones Internacionales y Resolución de Conflictos llevar a cabo misiones de estudio independientes para enriquecer su entendimiento de las causas de los conflictos en el continente;
7.SOLICITAR ADEMÁS a la Comisión de Cooperación, Relaciones Internacionales y Resolución de Conflictos emprender actividades destinadas a promover el silenciamiento de las armas por parte de los Estados miembros de la Unión Africana;
Firmada en Midrand, Sudáfrica17 de Octubre de 2019
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